Repetición de elecciones a las Cortes estatales: ¿Cómo pueden votar los navarros y navarras en el exterior?

Tras la imposibilidad de formar gobierno tras las elecciones del pasado 28 de abril, el Presidente del Gobierno español en funciones, Pedro Sánchez, debió anunciar la disolución de las Cortes y una nueva convocatoria a elecciones, fijada para el día 10 de noviembre. Serán los votantes, entonces, quienes deban definir nuevamente quienes serán los representantes populares en el Congreso de los Diputados (encargado además de designar al Presidente del Gobierno) y en el Senado español. En este artículo abordaremos cómo pueden votar en estos comicios los ciudadanos y ciudadanas navarras que se encuentran empadronados en otro país.

Congreso de los Diputados. Fuente: Noticias de Navarra

Para definir quiénes serán los 5 diputados y 4 senadores que concurrirán a las Cortes como representantes de Navarra, no sólo cuentan los votos de las personas residentes en la Comunidad Foral sino asimismo aquellos de los navarros y navarras del exterior. Para que estos puedan emitir su voto, el primer paso es que estén correctamente inscriptos en el «Censo de los electores residentes ausentes que viven en el extranjero” (CERA). Si usted tiene dudas acerca de su inscripción (tanto si se encuentra dentro del CERA como de si vota por la circunscripción de Navarra), puede consultarlo con el Consulado español correspondiente a su área de residencia.

En segundo lugar, como en anteriores citas electorales, es preciso solicitar formalmente el voto para las Elecciones Generales a Cortes para poder participar posteriormente en los comicios. Al tratarse de una repetición electoral, las solicitudes de voto realizadas y aceptadas para las elecciones del 28 de abril serán tenidas en cuenta como válidas, lo que significa que los ciudadanos y ciudadanos que votaron durante la anterior cita no necesitan pedir nuevamente el voto. No obstante, aquellos que no lo hicieran en esa ocasión pero sí deseen participar el 10 de noviembre sí deben hacerlo.

La fecha límite para el envío de la solicitud de voto es el día 19 de octubre, y puede realizarse a través de las siguientes vías:

  • De forma digital, en la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística
  • Enviar el formulario de solicitud de voto por correo postal o fax a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral que le corresponda (en este caso, Navarra). Para ello, primero hay que obtener el formulario (pedirlo en el Consulado o descargarlo en este link). Y luego enviarlo, junto con copia del Pasaporte o DNI español, o bien por fax al número 00 34 948 17 40 76, o por correo a la dirección: Yanguas y Miranda, 31; 6ª planta – 31003 Pamplona/Iruña (Navarra), España.

Si su solicitud de voto es correctamente enviada por alguno de esos medios, en los días posteriores usted recibirá directamente en su domicilio el material necesario para participar en la cita electoral; tanto los sobres oficiales como las papeletas de los partidos políticos. Si desea realizar el seguimiento de este envío o consultar en qué estado se encuentra, puede hacerlo en este enlace.

Una vez recibidos estos documentos, se podrá emitir oficialmente el voto de dos maneras diferentes: enviarlo por correo postal certificado (sin cargo) al Consulado en que figure inscripto (hasta el día 5 de noviembre); o votar de forma presencial en dicho Consultado durante los días 6, 7 y 8 del mismo mes.

Ante cualquier duda, consulta o demora en alguno de estos pasos no dude en comunicarse con el Consulado correspondiente o contactarnos directamente a través de nuestras redes, página web o correo electrónico.

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